Dos de cada tres uruguayos tienen obesidad o sobrepeso.
En Uruguay seis de cada diez personas mueren por enfermedades no transmisibles, estas enfermedades son la principal causa de muerte a nivel mundial.
¿ Cuales son esas enfermedades ?
Cáncer, accidentes cardiovasculares, diabetes o enfermedades pulmonares.
Todas estas enfermedades tienen cuatro factores de riesgo en común: el uso del tabaco, mala alimentación, consumo nocivo de alcohol y la inactividad física.
La mala alimentación y la falta de ejercicio producen obesidad y sobrepeso. El 64% de las personas entre 25 y 64 años tienen obesidad o sobrepeso.
La mala alimentación fue impulsada por varios factores, entre ellos el bajo consumo de frutas y verduras, y un aumento en alimentos con excesos de azúcar, sodio y grasas.
La comida casera preparada a partir de alimentos sin procesar o mínimamente procesados ha sido desplazada por productos ultra manufacturados tales como: galletitas rellenas, alfajores, pastas instantáneas, nuggets, panchos, bebidas azucaradas entre otros.
Creció un 149% el consumo de este tipo de alimentos desde el 2000 al 2013, este aumento es debido a la accesibilidad de estos productos y las estrategias de publicidad.
A partir de varias implementaciones se esta apuntando a mejorar esta franja de obesidad en nuestro país. Una de estas es el rotulado frontal de alimentos procesados con exceso de sal, grasas y azúcares.
Algunas definiciones a tener en cuenta:
Azúcares: son todos los monosacáridos y disacáridos presentes en un alimento, que son digeridos, absorbidos y metabolizados por el ser humano. No se incluyen los polialcoholes.
Grasas o lípidos: son sustancias de origen vegetal o animal, insolubles en agua, formadas de triglicéridos y pequeñas cantidades de no glicéridos, principalmente fosfolípidos.
Grasas saturadas: son los triglicéridos que contienen ácidos grasos sin dobles enlaces, expresados como ácidos grasos libres.
Ingrediente: es toda sustancia, incluidos los aditivos alimentarios, que se emplee en la fabricación o preparación de alimentos y que esté presente en el producto final en su forma original o modificada.
Agregado de sodio: se refiere al agregado, durante el proceso de elaboración, de cualquier sal que contenga sodio o cualquier ingrediente que contenga sales de sodio agregadas.
Agregado de azúcares: se refiere al agregado, durante el proceso de elaboración, de: azúcares, azúcares de hidrólisis de polisacáridos, miel, ingredientes que contengan agregado de cualquiera de los anteriores.
Agregado de grasas: se refiere al agregado, durante el proceso de elaboración, de: grasas y aceites, manteca, cremas de leche, ingredientes que contengan agregado de cualquier de los anteriores.
Características de un etiquetado frontal efectivo:
1- Se debe aplicar a los alimentos procesados y ultra procesados, incluyendo bebidas.
2- Sistema que proporcione información de forma directa, sencilla y rápida. Los símbolos son de diseño octogonal, con fondo negro y borde blanco, que contendrán en su interior la expresión “EXCESO” seguida del nutriente que corresponda.
Se incluirá un símbolo por cada nutriente que se encuentre en exceso. Se podrán utilizar adhesivos en la etiqueta de modo indeleble, siempre y cuando cumplan con los requisitos de características, tamaño y ubicación.
3- Advertir sobre el alto contenido en nutrientes asociados a problemas de salud: en azúcar, grasa y sal.
4- Estar acompañado de campañas dirigidas a promover una compra más crítica utilizando el etiquetado.
5- Ser complementado con medidas de prohibición de uso de imágenes, colores y otros elementos gráficos que generen engaño o influyan en la elección, especialmente por parte de los niños.
6- Servir a la definición de productos sujetos a otras políticas regulatorias, como restricción de marketing, prohibición de venta y expendio en la escuela, unidades de salud, ambientes de trabajo y otros, aplicación de impuestos.
Rotulado nutricional:
El rotulado nutricional se rige por el Reglamento Técnico MERCOSUR para la rotulación nutricional de alimentos envasados, declarado aplicable en el Uruguay por Decreto Nº 117/006, y establece que la información obligatoria que se debe declarar en el rotulado nutricional es:
Declaración de valor energético y nutrientes
- Valor energético: kilocalorías (kcal) y kilojoule (kJ)
- Proteínas: gramos (g)
- Carbohidratos: gramos (g)
- Grasas: gramos (g)
- Grasas saturadas: gramos (g)
- Fibra alimentaria: gramos (g)
- Sodio: miligramos (mg)
La información nutricional debe aparecer agrupada en un mismo lugar, estructurada en forma de cuadro, con las cifras y las unidades en las columnas. Alternativamente, se puede utilizar una forma lineal.
Nueva regulación:
Con la nueva norma, se hicieron más laxos los requerimientos para comenzar a aplicarse el etiquetado.
Mientras en setiembre se consideraba exceso de sodio a partir de 400 miligramos «cada 100 gramos para alimentos sólidos», ahora sube a 500 miligramos. En tanto, para el caso de 100 mililitros para alimentos líquidos, se mantiene la barrera de 200 miligramos de sodio, a partir de las cuales se considera que hay exceso.
Con respecto a los azúcares, para los alimentos sólidos, aumentó la barrera. Mientras ahora comienza a considerarse exceso a partir de los 13 gramos cada 100, hasta setiembre eran 10 gramos, y 12 cada 100 para aquellos productos que tengan un «máximo de hasta 80% de las calorías aportadas por azúcares o sin adicción de edulcorantes no nutritivos».
En tanto, se mantienen los valores a partir de los cuales se considera «exceso» de azúcares en alimentos líquidos: 3 gramos cada 100 mililitros, 5 gramos para aquellos productos » sin edulcorantes no nutritivos» y 7 gramos para los productos que contengan un «máximo de hasta 80% de las calorías aportadas por azúcares o sin adicción de edulcorantes no nutritivos.
Por otro lado, con respecto a las grasas, también aumentaron los valores en comparación con la normativa previa. Mientras en setiembre se consideraba exceso a partir de 9 gramos, ahora saltó a 13, pero se mantiene la misma cifra para los alimentos líquidos, de 4 gramos.
Respecto al nivel de grasas saturadas, pasa de 4 a 6 gramos, y se conserva el valor sobre los alimentos líquidos de 3 gramos.